
Logística de Carga: Un motor silencioso que sostiene la economía colombiana
9 febrero, 2026Blindaje jurídico y ética corporativa: el imperativo del SARLAFT en el sector transporte
Por: Javier Ricardo García Rolón.
Abogado Especialista en Derecho Comercial y Transporte. Presidente Junta Directiva Nacional Asecarga
En el complejo ecosistema de la logística y el transporte multimodal, la integridad operativa no es solo una ventaja competitiva, sino el cimiento de la sostenibilidad empresarial. La reciente expedición de la Resolución 2328 de 2025 por parte de la Superintendencia de Transporte marca un hito en la arquitectura regulatoria del sector, al robustecer el Sistema de Administración de Riesgos de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (SARLAFT).

Para los transportadores y generadores de carga, la implementación del SARLAFT trasciende el mero cumplimiento formal. Se erige como un mecanismo de debida diligencia esencial para identificar, evaluar y mitigar los riesgos de que nuestras organizaciones sean instrumentadas por estructuras al margen de la ley. En un mercado globalizado, el riesgo de contagio y el riesgo reputacional pueden ser devastadores; una sola operación inusual no detectada puede comprometer décadas de prestigio y estabilidad financiera.
La Piedra Angular: El Oficial de Cumplimiento
El diseño de un SARLAFT robusto requiere de una figura técnica y estratégica: el Oficial de Cumplimiento. Esta persona es la garante de velar por la efectividad de las políticas y procedimientos de prevención. Su rol no es administrativo, sino de control y supervisión, actuando como el enlace vital entre la empresa y la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF). Contar con un Oficial de Cumplimiento idóneo es asegurar que la empresa posee una "brújula ética" que orienta la toma de decisiones frente a contrapartes y operaciones sospechosas.
Implicaciones Legales y Riesgos del Incumplimiento
La inobservancia de estas disposiciones acarrea consecuencias jurídicas severas. La normativa faculta a la Superintendencia para imponer sanciones administrativas, civiles y penales, que pueden recaer no solo sobre la persona jurídica, sino también sobre sus directores y la alta gerencia. El incumplimiento expone a la organización a multas onerosas y, en el plano penal, a delitos tipificados como lavado de activos, cuyas penas pueden alcanzar hasta los 30 años de prisión.
Beneficios y Oportunidades: Un Enfoque Basado en Riesgo
Más allá de la coerción, el SARLAFT ofrece una oportunidad de oro para la optimización de procesos. Al adoptar un Enfoque Basado en Riesgo (EBR), las empresas pueden asignar sus recursos de manera más eficiente, aplicando medidas intensificadas donde el riesgo es mayor y simplificadas donde es menor. Esto genera:
- Seguridad Jurídica: Protección frente a investigaciones por parte de autoridades nacionales e internacionales.
- Confianza de los Stakeholders: Los generadores de carga priorizan aliados comerciales que demuestren altos estándares de transparencia y cumplimiento.
- Acceso a Mercados y Financiamiento: El cumplimiento de estándares del GAFI es un requisito sine qua non para la expansión internacional y el acceso al sistema financiero.
Un Llamado a la Acción
El cronograma de implementación es perentorio. Es imperativo que todos los sujetos obligados —empresas de carga, pasajeros, concesionarios y operadores portuarios— actúen con celeridad. La Superintendencia de Transporte ha establecido que el plazo máximo extendido para la implementación y reporte vence el 5 de mayo de 2026. Instamos a la comunidad empresarial a ver en el SARLAFT no una carga administrativa, sino un escudo institucional. La ética y el rigor técnico en la administración del riesgo son, hoy por hoy, la mejor inversión para garantizar el futuro de la industria del transporte en Colombia.



